Consejos del hogar

Martes, 23 Abril 2024

MANTENIMIENTO CALDERAS

 

Tal y como marca el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios (R.I.T.E.) y especifica el DOGA (24 de Febrero de 2010) los propietarios de viviendas que posean caldera individual (en el PAU de Navia prácticamente el 99% de las viviendas), es obligatorio realizar una revisión anual de la caldera y una inspección cada cinco años.

Para clarificar el tema y hacerlo del domino de todos los vecinos de Teixugueiras pasamos a explicar de manera clara y sencilla.

 

Los primeros puntos a aclarar son las diferencias entre revisión, mantenimiento e inspección:

Revisión: Obligatoria anualmente. Puede contratarse bien directamente a través de una empresa autorizada o si se tiene contratado un servicio de mantenimiento ésta suele estar incluida en el mismo.

 

Mantenimiento: No es obligatorio contratar un servicio de mantenimiento pero respecto a la revisión, aunque su coste suele ser un poco más elevado, tiene una serie de ventajas. Además de realizarse una revisión anual cubre la mano de obra y el desplazamiento de las averías en la caldera.

 

Inspección: Obligatoria cada cinco años. Únicamente la puede realizar la distribuidora de gas, en nuestro caso Gas Natural. La distribuidora, cuando el cliente le corresponda se pondrá en contacto con él mediante correo ordinario o telefónicamente indicándole la fecha en la que pasarán a realizar la inspección. En la misma carta indican que el cargo de la misma se realizará en la factura del gas con la empresa con la que se esté facturando bien sea comercializadora (Iberdrola, Endesa, ...) o distribuidora (Gas Natural).

 

Dentro de los mantenimientos detallaremos algunas modalidades:

  • Servitega (Servicio Técnico Oficial de Roca). Este cubre una revisión anual y la mano de obra y el desplazamiento de las reparaciones de la caldera. El cliente únicamente pagaría las piezas. El coste sería sobre 60€ al año.
  • Endesa. Este cubre una revisión anual y la mano de obra y el desplazamiento de las reparaciones. Respecto a las reparaciones, cubre tanto las reparaciones del equipo (caldera) como de los radiadores y respecto a la mano de obra cubriría las tres primeras horas. En caso de que la reparación superara las tres horas, lo que es bastante improbable, se le cargarían al cliente lo mismo que las piezas. El coste de este servicio ronda los 99€/año.
  • Gas Natural. Su contrato se llama Servigas. Este cubre una revisión anual y las tres primeras horas de la mano de obra y el desplazamiento de las reparaciones tanto de la caldera como de los radiadores. Además por contratar este servicio la inspección obligatoria es gratuita. El coste serían sobre 117€ al año.

 

OTROS PUNTOS A ACLARAR.

Con la nueva normativa especificada en el DOGA el mantenedor está obligado a entregar un certificado de mantenimiento suministrado por la Xunta (enlace en esta misma página). Estos podrán ser requeridos en la Inspección quinquenal.

La falta o carencia de alguno de estos documentos podrá ser objeto de sanción y en caso de accidente el seguro no cubriría los daños ocasionados por la caldera. Es más, para cualquier gestión con los seguros de algún siniestro en que la caldera tenga alguna relación éstos exigirán algún documento acreditativo conforme al cual la caldera ha pasado todas las inspecciones / revisiones obligatorias.

 

DESCARGA DEL DOGA Nº53 DE FECHA 18/03/2010 POR LA QUE SE REGULA LA APLICACIÓN, EN LA COMUNDIAD AUTONOMA DE GALICIA, DEL REGLAMENTO DE INSTALACIONES TERMICAS EN LOS EDIFICIOS (R.I.T.E.) MANTENIMIENTO Y USO DE LAS INSTALACIONES TERMICAS DESCARGA DEL R.I.T.E. - REGLAMENTO DE INSTALACIONES TERMICAS EN LOS EDIFICIOS REAL DECRETO 238/2013, DE 5 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICAN DETERMINADOS ARTICULOS E INSTRUCCIONES TÉCNICAS DEL R.I.T.E. CORRECCION DE ERRORES DEL REAL DECRETO 238/2013

 

 

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