Domingo, 20 Mayo 2012

_

Tamaño de fuente

Screen

Profile

Layout

Direction

Menu Style

Cpanel

Crear PDF Enviar por correo Imprimir

¿Puedo alquilar mi piso de VPO?

Hits:
1558

Respuesta

El adquirente de una vivienda protegida (VPO o VPP) se obliga tanto a ocuparla en el plazo de tres meses desde la entrega como a destinarla a domicilio habitual y permanente, salvo que medie justa causa debidamente autorizada por la Consellerí­a de Vivenda e Solo de la Xunta de Galicia. Asimismo, existen limitaciones temporales especí­ficas para la cesión del uso de la vivienda en función de que usted haya obtenido préstamo cualificado para la adquisición, que imponen la cancelación del mismo y, en su caso, la solicitud de autorización de la Consellerí­a de Vivenda e Solo.

Categorías

Seleccionar articulos


ESCUELA SUPERIOR DE ARTE DRAMATICO.
Navia Gestión Seguros
Optica Varela
Psicología Arca
Neumáticos Rodavi
Fisioterapeuta Fisionavia
Escuela Infantil Papaventos
Abril Interiorismo
Senderos de Galicia
Tapería / Cervecería La Alcoba
Armarios y derivados de carpintería, S.L.
Armarios Valmar
Domótica y Electricidad
Librería y Papelería Papyro
Moblaxe Mobiliario y Reformas
proyecto_iglesia
PROYECTO NUEVA IGLESIA DE NAVIA

ARTICULOS MAS LEIDOS

proyecto_salud
PROYECTO CENTRO DE SALUD

ULTIMOS ARTICULOS AÑADIDOS

proyecto_danos
PROYECTO CENTRO DE DIA TRATAMIENTO DAÑOS CEREBRALES

Contador visitas

mod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_counter
mod_vvisit_counterHoy290
mod_vvisit_counterAyer1282
mod_vvisit_counterEsta semana290
mod_vvisit_counterSemana anterior10180
mod_vvisit_counterEste mes29701
mod_vvisit_counterUltimo mes48477
mod_vvisit_counterTotal1782838

Su IP 38.107.179.213
Estás aquí Dudas a la compra de un piso Compra de un piso ¿Puedo alquilar mi piso de VPO?