¿Puedo alquilar mi piso de VPO?
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Respuesta
El adquirente de una vivienda protegida (VPO o VPP) se obliga tanto a ocuparla en el plazo de tres meses desde la entrega como a destinarla a domicilio habitual y permanente, salvo que medie justa causa debidamente autorizada por la ConsellerÃÂa de Vivenda e Solo de la Xunta de Galicia. Asimismo, existen limitaciones temporales especÃÂficas para la cesión del uso de la vivienda en función de que usted haya obtenido préstamo cualificado para la adquisición, que imponen la cancelación del mismo y, en su caso, la solicitud de autorización de la ConsellerÃÂa de Vivenda e Solo.

































