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El TSXG desestimó su recurso en el que pedía la condonación parcial de la deuda con la Xunta tras abonar a los perjudicados las indemnizaciones
El Tribunal Supremo condenó en 2018 a Construcuatro, la promotora de los pisos de protección oficial de dos torres de la calle Teixugueiras del polígono de Navia, al pago de 3,7 millones (1,2 en indemnizaciones a los vecinos perjudicados y 2,4 de multa a la Xunta) por inflar en hasta 34.000 euros el precio de estas viviendas alegando “mejoras” en las mismas.
La firma devolvió entonces a los compradores los sobreprecios, restando, por lo tanto, la deuda con la Xunta. Sin embargo, en lugar de hacer frente a este pago, solicitó una condonación parcial de la misma alegando que había hecho frente al pago de las indemnización a los perjudicados.
La jefatura territorial de la Consellería de Medio Ambiente rechazó dicha petición que ahora acaba de ser ratificada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), y obliga a la promotora al pago íntegro de la multa de 2,4 millones de euros a la Xunta.
Alegaba la representación legal de Construcuatro que el único motivo que se defendía para no concederles la condonación de la deuda era la falta de “voluntariedad” para proceder al pago del reintegro a los compradores lo que “no se corresponde con la realidad”.
Frente a ello, los magistrados del TSXG suscriben que “dándose el supuesto de que se hayan cumplido los requisitos para poder efectuar la solicitud, debemos recordar que la sanción y su pago en plazo es una obligación, por ello no debemos extraer más consecuencias de que dicho hecho tenga como consecuencia la condonación parcial de la sanción”.
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